Mundial 2026
6 de julio de 2026FIFA aplica artículo 27 para ‘congelar’ la sanción a Balogun en Mundial 2026 y el precedente Cristiano
La FIFA usó el artículo 27 del Código Disciplinario para suspender temporalmente la tarjeta roja de Folari Balogun, permitiéndole jugar contra Bélgica; la decisión generó críticas y recuerda el caso de Cristiano Ronaldo.
Por Germán JaraResumen del episodio
Es otra de las grandes polémicas del Mundial 2026: la suspensión de la tarjeta roja que dejaba a Folari Balogun, figura de Estados Unidos, fuera de los octavos de final ante Bélgica. Sin embargo, la FIFA «levantó» el castigo y el delantero podrá disputar la llave de este lunes. La decisión desató un escándalo y fuertes cuestionamientos hacia el ente rector y su presidente, Gianni Infantino.
La postura de la Federación de Bélgica y la norma citada
La Federación de Bélgica fue clara: «El Código Disciplinario de la FIFA establece claramente que una tarjeta roja (expulsión) conlleva automáticamente la suspensión para el siguiente partido del equipo, tal y como ha sucedido con todas las tarjetas rojas mostradas anteriormente durante esta Copa Mundial».
El comunicado de la FIFA no ofreció ninguna razón ni explicación adicional. Se limitó a citar el «artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA», una norma que, según el propio informe, jamás se había aplicado en un Mundial.
Qué establece el artículo 27 y cómo se aplicó
El órgano rector usó dicho artículo para borrar la roja al delantero estadounidense. El texto concede al órgano judicial la facultad de suspender, total o parcialmente, la aplicación de una sanción. Esa suspensión puede quedar sujeta a un período de prueba, como sucedió en el caso de Balogun. En ese sentido, el castigo no fue borrado, fue «congelado», según lo comunicado.
La medida implica que, si el jugador comete otra infracción de naturaleza y gravedad similares durante el lapso de un año, la suspensión queda revocada y la sanción pendiente debe cumplirse de inmediato, sin perjuicio de cualquier castigo nuevo.
Es importante distinguir la suspensión de una apelación a la eliminación. En el Mundial, una expulsión implica una suspensión automática de un partido, como era el caso del atacante, y las reglas establecen que esa consecuencia no puede ser apelada. Para permitir la presencia de Balogun frente a Bélgica, la FIFA aplicó el Artículo 27 y «congeló» la sanción.
El anuncio provocó críticas que incluyen especulaciones sobre influencias externas: hasta se habla de que un llamado del Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, fue clave, según el informe original.
El caso Cristiano
La cadena BBC consultó a fuentes directas y, según esas versiones, «La FIFA remitió al caso de la suspensión de la sanción de Cristiano Ronaldo antes de este torneo«.
El caso de Cristiano Ronaldo no fue en este Mundial, sino en las clasificatorias. El portugués recibió tres partidos de suspensión por un codazo a Dara O’Shea durante la derrota de Portugal por 2-0 ante la República de Irlanda en noviembre, en un partido de la fase de clasificación. Cristiano cumplió un partido de sanción en el último encuentro clasificatorio ante Armenia, pero los dos partidos restantes quedaron suspendidos y pudo participar sin problemas en el Mundial.
La FIFA justificó esa decisión señalando que había tenido en cuenta que «no había recibido ninguna tarjeta roja en sus otras 225 apariciones internacionales«. En el caso de Balogun no se ofrecieron explicaciones comparables.
Además del caso de Cristiano, la nota menciona situaciones similares ocurridas antes del inicio del torneo con jugadores como el ecuatoriano Moisés Caicedo y el argentino Nicolás Otamendi.
Opiniones de especialistas y reacciones
El abogado especialista en Derecho Deportivo y Administrativo Marcelo Bee Sellares expuso su visión en X, señalando textualmente: «Esta norma se utiliza habitualmente para sanciones de varios encuentros, no para dejar sin efecto una suspensión automática de un solo partido. La suspensión automática de un jugador por una fecha tras expulsión por roja directa o doble amarilla. NO es un regla sujeta a interpretación conforme el artículo 27«.
La reacción en Europa fue dura. La UEFA advirtió del impacto en la credibilidad del torneo y sostuvo que la medida «afecta la competición». En sus palabras: «Dicha decisión sienta un precedente en el torneo en curso, donde situaciones similares requerirán a partir de ahora un trato idéntico, en detrimento de la competición«.
El caso generó un debate sobre posibles precedentes y la uniformidad de las decisiones disciplinarias en el Mundial.
Contexto y enlace a la fuente
La decisión de la FIFA, la cita del artículo 27 y las comparaciones con sanciones previas como la de Cristiano Ronaldo permanecen en el centro de la polémica. Para más detalles, puede consultarse la nota original en EMOL: https://www.emol.com/noticias/Deportes/2026/07/06/1204784/articulo-fifa-roja-balogun-mundial.html.